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Se venció la Suprema Corte de Justicia de la Nación 

Ciudad de México, 5 de noviembre de 2024 (Más / IA).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó las acciones de inconstitucionalidad presentadas por cuatro

partidos políticos y una minoría legislativa en contra de la reforma judicial, permitiendo que esta siga en vigor en todos sus términos.

La decisión fue resultado de una sesión tensa en la que se registraron diferencias entre dos bloques de ministros y ministras, y en la que finalmente no se alcanzó la mayoría calificada de ocho votos necesarios para invalidar la reforma.

El proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá proponía mantener la elección de ministros y magistrados electorales, pero invalidar la elección popular de jueces y magistrados federales, un cambio significativo en la administración judicial mexicana.

Sin embargo, el proyecto no prosperó ya que solo obtuvo el apoyo de siete ministros.

El ministro Alberto Pérez Dayán rompió el bloque que daría la mayoría calificada en la votación contra la reforma judicial ya que se unió a las ministras Lenia Batres, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz para bloquear la propuesta, al argumentar que los partidos políticos no tienen la facultad de impugnar cambios constitucionales a través de acciones de inconstitucionalidad.

En su intervención, Pérez Dayán señaló que permitir la impugnación de una reforma constitucional por parte de partidos políticos sentaría un precedente equivocado, ya que, según él, los partidos solo pueden impugnar leyes electorales y no reformas constitucionales de carácter general.

El ministro defendió la autonomía de los cambios constitucionales ante los intentos de invalidarlos, calificando esta posible anulación como una “insensatez” que equivaldría a responder a los problemas de la reforma judicial con “una nueva insensatez”. Con este argumento, Pérez Dayán subrayó que el Congreso, y no los tribunales, debe tener la última palabra en las reformas a la Constitución.

En la votación se formaron dos bloques.

El bloque que apoyaba revisar la reforma estaba conformado por los ministros Norma Lucía Piña Hernández, Margarita Ríos Farjat, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Luis María Aguilar Morales, Javier Laynez Potisek y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.

Del otro lado, el ministro Pérez Dayán y las ministras Batres, Esquivel y Ortiz respaldaron la idea de que los partidos carecen de legitimidad para presentar acciones de inconstitucionalidad contra reformas constitucionales.

Con la desestimación de las acciones de inconstitucionalidad, la SCJN no entró al fondo del análisis sobre la constitucionalidad de la reforma judicial. Esto significa que disposiciones como la elección de jueces y magistrados mediante voto popular seguirán vigentes, y la SCJN no revisará su conformidad con la Constitución.

Este fallo representa un hito en el marco judicial mexicano, al refrendar la autonomía de los poderes legislativo y ejecutivo en la modificación de la estructura y funcionamiento del Poder Judicial. 

La reforma judicial, que establece la elección popular de jueces y magistrados, fue aprobada previamente en el Congreso y promulgada en el Diario Oficial de la Federación en septiembre de 2024.

* Tomado de Más Información 

massinformacion.com.mx