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Entra en vigor la Ley Olimpia; incluye sanciones de hasta 6 años de prisión

J. Carlos Frausto ll

Tijuana, B. C. 2 de Junio de 2021.- Un video de una joven de apenas 18 años de edad practicando relaciones sexuales con su novio, comenzó a circular en redes sociales entre varios usuarios durante el año 2013, particularmente fue en la Ciudad de Puebla. La mujer que aparecía ahí era Olimpia Corral Melo.
Al poco tiempo se supo que ese video había sido difundido por el novio sin el consentimiento de su pareja, situación que causó un daño a la privacidad e intimidad de la mujer.
Lastimada por el abuso de confianza y daño a su vida íntima, Olimpia comenzó un activismo en busca de justicia ante la filtración del video de ella con quien fuera su pareja en aquel tiempo.
Al año siguiente de la filtración del video, a sus 19 años, Olimpia presentó una iniciativa que fue considerada en el Congreso Local de Puebla. Hoy, a sus 26 años, ve reflejada su propuesta en el propio Congreso de la Unión.
Tras la publicación el pasado martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Ley Olimpia (nombrada popularmente en nombre de Olimpia Corral) entra en vigor el día de hoy en todo el territorio nacional.
La oficialmente conocida como Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en materia de violencia digital y mediática, plantea garantizar la seguridad y justicia ante la filtración de contenido íntimo sin consentimiento que pueda dañar la privacidad y/o dignidad de las mujeres.
Dicha Ley también plantea sanciones a la violencia mediática, es decir, ataques o agresiones por cuestiones de género en plataformas de difusión como redes sociales, medios de comunicación, entre otros.
Entre las sanciones se plantean penas de prisión de entre tres y seis años, así como multas de entre 40 y 80 mil pesos. Por su parte, 19 de los 32 estados del país, plantean proponer sanciones especiales bajo las respectivas legislaciones estatales.

Editor Roberto E Lau