Por Sergio Trochez R.
* Se plantea que la Comisión Estatal del Sistema Penitenciario garantice abastecimiento de productos de gestión menstrual en Centros de Internamiento para Adolescentes.
* También permite el uso de vocablos libres de estereotipos y promotores de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres.
Mexicali, B. C. 28 de enero de 2024.- Por 18 votos a favor, fue aprobado el Dictamen número 29 de la Comisión de Igualdad de Género y Juventudes de la Iniciativa de reforma a diversos artículos de la Ley que crea la
Comisión Estatal del Sistema Penitenciario de Baja California, presentada en agosto de 2022, por la diputada Julia Andrea González Quiroz.
El objetivo de dicha iniciativa, es constreñir a la Comisión Estatal del Sistema Penitenciario a garantizar el abastecimiento de productos de gestión menstrual en los Centros de Internamiento para Adolescentes, así como emplear lenguaje inclusivo.
Las principales razones planteadas por la legisladora en la exposición de motivos, que desde su óptica justifica el cambio legislativo, son: alcanzar la igualdad sustantiva en los ámbitos público y privado, que permite en nuestro caso, que las disposiciones legales aplicables hagan visible a la mujer, desde su etapa adolescente, como receptora de manera igualitaria, de la protección de las normas jurídicas, a través del texto legal empleando lenguaje incluyente y no sexista.
Además, de ampliar los efectos de la reciente reforma a la ley en materia de suministro de productos de gestión menstrual en los citados centros, para brindar cobertura a jóvenes entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad, en el marco de los principios y derechos consagrados en la Constitución Mexicana y Tratados Internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.
La medida legislativa que se propone, es acorde al derecho humano de acceso a la salud, a una visión de empoderamiento de la mujer y lucha contra toda discriminación basada en el sexo para alcanzar la igualdad sustantiva en los ámbitos público y privado, mediante lineamientos y mecanismos institucionales que orienten hacia el cumplimiento de la misma.
Respecto a la modificación de diversos artículos a efecto de emplear un lenguaje inclusivo en la ley, igualmente resulta procedente, porque permite el uso de vocablos libres de estereotipos y promotores de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres.
Editor Roberto E Lau.
• El autor es comunicador y analista político.
Más historias
Comisión de Vivienda desglosa tercer informe de la SIDURT
Llama CESPT a evitar fraudes cubriendo adeudos por vías oficiales
Presenta Secretaría de Cultura informe ante la Comisión de Cultura y Deportes